Normativa VMP – Patinetes y otros

Los vehículos de movilidad personal (VMP) son aquellos con una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Contestamos a algunas de las preguntas más frecuentes sobre los patinetes eléctricos en base a la normativa de la DGT actualizada en España.

Los cambios de normativa en estos vehículos son cada vez más frecuentes, ya que cada vez se utilizan más y con nuevas formas de disfrute y uso, con lo que tanto a nivel central como en los ayuntamientos, se adaptan rápidamente y muchas veces no nos enteramos de estos cambios.

¿Cuales son las principales normas para este tipo de vehículos? 

 

  • La velocidad máxima permitida será 25 km/h. No cumplir esta norma tendrá una sanción de 500€ y la inmovilización del vehículo. Es necesario presentar la ficha técnica del patinete donde se muestre la conformidad CE de que el patinete cumple las normas con sus especificaciones de fabricante.
  • El casco es obligatorio en TODOS los patinetes eléctricos tras la actualización de esta reforma en septiembre de 2021.
  • No se podrá circular con patinetes eléctricos por las aceras y las zonas peatonales. Tampoco se podrá circular por por vías interurbanas, travesías y autopistas y autovías que comuniquen poblaciones. De igual manera queda prohibida la circulación por túneles urbanos.
  • Sigue estando prohibido circular con patinete cuando hemos bebido alcohol, o con auriculares puestos.
  • Sigue estando prohibido transportar más de 1 persona en el patinete. Son vehículos uni-plaza.
  • SERÁ OBLIGATORIO UN CERTIFICADO DE CIRCULACIÓN. Aún no está claro quién emitirá este documento, ni que edad se necesita, ni más información al respecto. Se supone que esta medida se aplicará 2 años después de que sea publicada y regulada oficialmente en el BOE.

 

¿Es obligatorio tener un seguro para mi patinete eléctrico?

Tan solo Alicante, Barcelona y Benidorm exigen de forma obligatoria contratar un seguro desde el 30 de abril de 2021. Sin embargo, aunque no vivas en estas ciudades, DGT recomienda contratar un seguro como medida de protección personal, así como de terceros.

¿Qué multas me pueden poner por ir en patinete eléctrico, según la normativa de la DGT en 2021?

Estas son las nuevas multas que ha anunciado la DGT para patinetes eléctricos en España:

  • Conducir un patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol: entre 500 y 1.00 euros e inmovilización del vehículo.
  • Conducir un patinete eléctrico habiendo consumido drogas: 1.000 euros e inmovilización del vehículo.
  • Conducir mientras usar el móvil: 200 euros.
  • Utilizar cascos mientras conduces el patinete: 200 euros.
  • No utilizar casco en municipios donde es obligatorio: 200 euros.
  • Conducir por zonas peatonales y aceras: 200 euros.
  • Conducir dos personas sobre el patinete eléctrico: 100 euros.

Esperamos que esta información os sea de ayuda..

Podéis contactar con nosotros para cualquier duda sobre este tipo de seguros.

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