El “Numerito” y los Vehículos Clásicos”
Todos sabemos lo que es el popularmente llamado “numerito” del coche, pero ¿sabías que hay excepciones y descuentos para su pago?
Del mismo modo que los vehículos destinados al transporte de personas discapacitadas están exentas de este impuesto, los vehículos clásicos e históricos tienen algunos descuentos que os detallamos a continuación.
- Gozarán de una bonificación del 50 por 100 de la cuota del impuesto los vehículos que en la fecha de devengo del impuesto, es decir, el primer día del año natural del período impositivo, hayan cumplido un mínimo de veinticinco años contados a partir de la fecha de su primera matriculación, según los datos del registro público de la Jefatura de Tráfico.
- Gozarán también de una bonificación del 50 por 100 de la cuota del impuesto, no acumulable con la anterior, los vehículos que en la fecha de devengo del impuesto, es decir, el primer día del año natural del período impositivo, hayan cumplido un mínimo de veinticinco años contados a partir de la fecha de su fabricación o de la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
- En el supuesto del apartado 1 de este artículo la bonificación se practicará de oficio por el Ayuntamiento.
En los supuestos del apartado 2, para poder gozar de la bonificación, los titulares de los vehículos deberán solicitar por escrito su concesión acreditando documentalmente la fecha de fabricación del vehículo, o en su caso, la del cese de fabricación del correspondiente tipo o variante.
Esperamos que esta información os sea de ayuda..
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